Vat Services le informa sobre las novedades respecto al nuevo procedimiento de Hacienda en materia de Responsabilidad Patrimonial IVDMH.
Con fecha 13 de Febrero la Agencia Tributaria ha publicado un nuevo procedimiento para el registro VOLUNTARIO de las Reclamaciones del Céntimos Sanitario vía Responsabilidad Patrimonial:
- El nuevo modelo normalizado colgado durante el día de ayer (14 de febrero) en la web de la Agencia Tributaria, respecto de las solicitudes de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador presentadas, persigue el objetivo de acelerar la potencial devolución de las cantidades reclamadas en concepto de Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
- A través de dicho mecanismo, los contribuyentes pueden facilitar a la Agencia Tributaria los datos que se solicitan (similares a las requeridos para el mecanismo normalizado de devolución de ingresos indebidos), para que, en fase de ejecución de sentencia, los importes impugnados sean devueltos, si procede, de la forma más ágil en el menor plazo de tiempo posible.
- Dicho mecanismo, por lo tanto, no es un nuevo procedimiento de reclamación ni sustituye o pretende dejar sin efecto, en ningún caso, la tramitación de los recursos planteados, esto es, aquellos que se encuentren pendientes de resolución en vía administrativa (recurso de reposición) o en vía contencioso-administrativa (recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Supremo, que es nuestro caso).
- En línea con lo anterior, el referido mecanismo no abre una nueva vía de impugnación para los procedimientos que hayan devenido firmes. Esto es, si un contribuyente ha recibido una resolución desfavorable, y ésta no fue impugnada en tiempo, este nuevo mecanismo no abre una nueva posibilidad de impugnación fuera de plazo.
- Lo único que se pretende desde la Agencia Tributaria es que, tras la recepción del correspondiente Auto o Sentencia del Tribunal Supremo (o incluso, si se diera el caso, resolución de recurso de reposición) fallando a favor del contribuyente, la fase de ejecución de sentencia sea más rápida y menos costosa en tiempo y recursos internos, para favorecer una devolución de los importes que correspondan en el plazo más breve posible.
- Así, según indicaciones informales de la propia Agencia Tributaria, este mecanismo agilizaría la comprobación administrativa de las cantidades a devolver, dando lugar a la emisión de un informe en el que se haría constar la cuantía de los importes reclamados, y aquellos que, tras la pertinente comprobación, finalmente deberían ser devueltos al contribuyente (esto es, en principio, aquellos que no han sido ya satisfechos a través del mecanismo de la devolución de ingresos indebidos o del gasóleo profesional).
Vat Services no recomienda realizar este procedimiento y esperar a la sentencia del TRIBUNAL SUPREMO.
En los próximos días se espera que se incluyan aclaraciones adicionales en la ficha general del mecanismo normalizado, si bien, es previsible que vayan en la línea de los comentarios que os hemos incluido más arriba.
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